PERÚ: LA IMPORTANCIA DE QUE LOS TRABAJADORES SEAN PARTE DE LA SEGURIDAD LABORAL
Escrito por Comunicaciones EVoting / 25 de Junio del 2024
La ley peruana tiene una serie de reglamentos para garantizar que los trabajadores se involucren en la seguridad de sus organizaciones, siendo los comités paritarios un elemento crucial.
Para crear espacios laborales seguros es vital que los trabajadores sean parte de la protección y prevención de riesgos. Ante esto, la ley peruana obliga a las organizaciones a crear comités paritarios para que se garantice este principio.
Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo
Según la Ley N° 29783, toda empresa con 20 trabajadores o más está obligada a constituir un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
El número de miembros de este organismo será acordado entre el empleador y los trabajadores, pero siempre se debe mantener el principio de igualdad entre las partes. Además, el número mínimo debe ser de 4 integrantes y el máximo 12.
Las elecciones de los representantes de los trabajadores es democrática, de manera directa y pueden utilizarse medios electrónicos, garantizando la seguridad y transparencia del proceso.
“La virtualidad nos apoya mucho con el tema de ahorro de tiempos, de eficacia en procedimientos de votación, porque el escrutinio es automático, no hay que estar haciendo un conteo de votos. Nos ayuda también con empresas como la nuestra, que tienen sedes en diferentes ciudades. Yo creo que este sistema de votación virtual no es el futuro, es el presente”, comentó Francisco Brousset, ex relacionista público de La Ibérica, tras elegir su Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo junto a EVoting.
Comité de Intervención frente al Hostigamiento Sexual
Al igual que el Comité de Salud y Seguridad en el Trabajo, toda empresa con 20 o más trabajadores debe establecer un Comité de Intervención Frente al Hostigamiento Sexual, esto según un Decreto Supremo aprobado en 2019.
Este tiene como finalidad recibir quejas o denuncias, dictar medidas de protección, investigar, emitir recomendaciones de sanción y otras medidas de prevención para evitar nuevos casos de hostigamiento.
El Comité de Intervención frente al Hostigamiento Sexual debe estar compuesto por representantes de la institución y de los trabajadores, en la misma proporción y garantizando la paridad de género, y también se pueden elegir por medios electrónicos.
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