La equidad de género, los sindicatos y el voto electrónico
Escrito por Comunicaciones EVoting / 11 de Junio del 2017La equidad de género y la representatividad de las mujeres en ámbito político y apolítico (empresarial, institucional, civil, social, cultural, etc.) es sin duda alguna una preocupación y un tema de actualidad al nivel mundial. En Chile, al nivel político se sigue esta tendencia y se están impulsando cambios legales para garantizar una representatividad equitativa.
La equidad de género y la representatividad de las mujeres en ámbito político y apolítico (empresarial, institucional, civil, social, cultural, etc.) es sin duda alguna una preocupación y un tema de actualidad al nivel mundial. En Chile, al nivel político se sigue esta tendencia y se están impulsando cambios legales para garantizar una representatividad equitativa.
Más mujeres en los directorios
Por ejemplo uno de los cambios impulsados por la Reforma Laboral bajo la Ley Nº 20.940 es que los sindicatos, federaciones y confederaciones están obligados a tener una cuota mínima de mujeres en el directorio: “las medidas que se adopten para evitar la discriminación por género en el trabajo deben, en principio, tender a modificar la estructura tradicional de los sindicatos, mediante mecanismos que faciliten la construcción de una nueva cultura organizacional, donde la mujer pueda situarse en un plano de igualdad frente al hombre”.
¿Qué significa esto? ¿Y cómo se calcula esta cuota mínima? Es fácil: la cuota representa al porcentaje del total de mujeres afiliadas a la organización. Si de un total de 100 personas, 75 son mujeres, entonces el porcentaje es de 75%. Cada sindicato tiene que sacar un “factor de participación femenina”, que se obtiene dividiendo las socias mujeres sobre el total de trabajadores afiliados. Si este factor es igual o superior a 1/3, esto significa que, al momento de elegir su directiva, se deben incorporar al menos 1/3 de mujeres al directorio. De esta forma se respeta el porcentaje de representatividad. Si el factor es menor a 1/3, este se debe multiplicar por el número total de directores que quieren elegir. El resultado de esta operación representa el número mínimo de directoras a elegir.
También se aplica lo mismo en el caso de las Federaciones y Confederaciones, donde el factor se construye en base al número de mujeres habilitadas para ser electas directoras: “El número de directores de las federaciones y confederaciones, y las funciones asignadas a los respectivos cargos se establecerán en sus estatutos“.
La Ley también menciona que “los estatutos de las federaciones y confederaciones deberán incorporar un mecanismo destinado a resguardar que sus directorios estén integrados por un número de directoras no inferior a un tercio del total de sus integrantes con derecho al fuero, horas de trabajo sindical y licencia del artículo 274, o por el número de directoras que corresponda al porcentaje de dirigentas que puedan ser electas de conformidad al artículo 273, en caso de ser menor”.
Nuevo estatuto, nueva votación
Para poder generar este cambio en la conformación del directorio – a favor de la representatividad e impuesto por la ley (Nº 20.940) – los sindicatos deben modificar sus estatutos. Para modificar los estatutos, sabemos que hay que organizar votaciones. ¿Y qué mejor que el voto electrónico para ahorrar tiempo y dinero?
Para resumir, el nuevo cambio de ley a favor de una mejor representatividad de género en base al “factor de participación femenina” conlleva a una nueva ola de votaciones dentro de los sindicatos, federaciones y confederaciones: “de esta forma, las medidas que se adopten para evitar la discriminación por género en el trabajo deben, en principio, tender a modificar la estructura tradicional de los sindicatos, mediante mecanismos que faciliten la construcción de una nueva cultura organizacional, donde la mujer pueda situarse en un plano de igualdad frente al hombre”.
Por lo tanto, primero votaciones de estatuto y después hablamos de la igualdad de género. La Ley (Nº 20.940) tiene una vigencia general a partir del 1 de abril de este año. ¿Cómo harán las nuevas votaciones de estatuto en tu sindicato?